Por tener entre 26 y 35 años, con Bancaja Custom tienes condiciones ventajosas: carencias de 10, 20 ó 40 años, para que empieces a pagar cuando quieras. Y el crédito prehipotecario, para pagar lo que necesites mientras se construye tu piso nuevo.
Si eres cliente de Bancaja Custom, podrás financiar la compra o rehabilitación de tu vivienda en unas condiciones especiales, si tu quieres, a través de dos nuevas modalidades Custom bajo la denominación de "Paga cuando quieras":
- Préstamo hipotecario Custom 20
- Préstamo hipotecario Custom 40
Además, podrás reducir el tipo de interés si contratas alguno de los siguientes productos, que podrás disfrutar cada año:
- Domiciliación de la nómina
- Plan de pensiones
- Seguro de vida del préstamo hipotecario
Y también por tener tu hipoteca recibirás 10 Puntos Bancaja al mes, que se suman a los que acumules por usar tu tarjeta Bancaja Custom.
Las condiciones de esta hipoteca son válidas únicamente si eres titular de una tarjeta Bancaja Custom.Y si la vivienda que necesitas está en construcción, también puedes disponer del Crédito Prehipotecario Custom.
Puedes obtener la Guía de Préstamos Hipotecarios.
Puntos del Compromiso Bancaja aplicables
C2.- Antes de realizar cualquier operación informamos de su coste
C3.- Avisamos por SMS de falta de saldo en cuenta o impagos
C6.- Respondemos a las solicitudes de préstamo en 24 h
C14.- Aplazamos gratis su hipoteca en Bancaja durante 6 meses si pierde su trabajo
C15.- No ocultamos ni disfrazamos el coste de nuestros servicios
C16.- 15 días para cambiar de opinión al contratar uno de nuestros productos
comisiones:
Dependerán de la operación que solicites, las asociadas a esta modalidad son:
Apertura: 1% (Mín. 500,00 Eur.).
Compensación por desistimiento: se cobrará sobre la cantidad del préstamo que devuelves antes de las fechas pactadas. Se cobra 0,50% si la cancelación se produce dentro de los 5 primeros años de constitución de tu hipoteca. A partir del 6º año se cobrará un 0.25%.
fiscalidad:
Si eres titular de un préstamo con el que financias la adquisición o la rehabilitación de tu vivienda habitual tienes derecho a una deducción del 15% de los importes totales satisfechos por capital, intereses y gastos de financiación, con el límite anual de 9.015 euros.
Si tu vivienda la has adquirido antes del 20 de enero del 2.006 y tenías derecho a la deducción por adquisición de vivienda habitual, hay establecida una compensación fiscal para aquellos casos en los que la aplicación del régimen fiscal vigente en 2.006 (porcentajes de deducción del 25% o del 20%) sea más favorable que la vigente a partir de 2.007.