Entidad gestora y promotora: Aseguradora Valenciana S.A. de Seguros y Reaseguros (Aseval)
Entidad depositaria: Caja de Ahorros de Valencia, Castellón y Alicante
Bancajapensión G1 es el Plan de Pensiones de Aseval que le garantiza la recuperación de todas y cada una de las aportaciones al vencimiento del período de garantía (10 años). Es por tanto, una opción ideal para personas muy conservadoras con importantes derechos consolidados y relativamente próximos a la edad de jubilación.
Garantía
El plan garantiza al llegar al vencimiento el 100% de las aportaciones que realice, valoradas al valor liquidativo del final del mes en que éstas se efectúen. Ejemplo: una aportación realizada el 15 de enero se valorará al valor liquidativo del 31 de enero.
Adicionalmente, le garantiza al vencimiento el valor liquidativo máximo alcanzado el último día de cada trimestre natural.
En definitiva, se trata de un plan de pensiones con un sistema de consolidación trimestral de ganancias al vencimiento que le garantiza que sus ahorros van a alcanzar el máximo rendimiento.
Aportaciones
Asegúrese desde hoy mismo su jubilación a partir de 30 euros. al mes, con un límite máximo de 10.000 euros anuales hasta los 49 años. Este límite es de 12.500 euros a partir de los 50 años de edad.
Flexibilidad
Los planes de pensiones de Bancaja le ofrecen una flexibilidad total, porque puede modificar cualquiera de las condiciones del plan en el momento que desee: las aportaciones, la forma de pago, los beneficiarios, la cuenta de cargo, etc.
Cobro del plan
Usted podrá cobrar el dinero que ha ahorrado en su plan de pensiones en los siguientes casos:
- Jubilación
- Fallecimiento
- Invalidez permanente
- Dependencia severa o gran dependencia
- Paro de larga duración
- Enfermedad grave
Llegado el momento, puede cobrar su plan en forma de renta, todo el capital de una vez o mediante una combinación de ambas modalidades. Más información.
fiscalidad:
Las aportaciones realizadas a un plan de pensiones reducen la base imponible en la declaración del I.R.P.F., y como límite individual se aplicará el menor de los siguientes importes:
a) 10.000 euros en su conjunto (las realizadas por el partícipe incluyendo las contribuciones realizadas por el promotor del plan de empleo) ó 12.500 en el caso de que el beneficiario tenga 50 años o más.
b) 30% de los rendimientos netos del trabajo y actividades económicas percibidas en el ejercicio, ampliándose al 50% si el partícipe tiene 50 años o más.
Además, si no se puede aplicar en la declaración tributaria la totalidad de las reducciones por insuficiencia de la base imponible, las cantidades pendientes de deducirse podrían aplicarse en los cinco años siguientes.
Las ventajas fiscales tienen los límites y requisitos vigentes en cada momento.