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  • Informe trimestral Fondos de Pensiones Bancaja

Bancajapensión Protegido 3

 

Entidad gestora y promotora: Aseguradora Valenciana S.A. de Seguros y Reaseguros (Aseval)

Entidad depositaria: Caja de Ahorros de Valencia, Castellón y Alicante

Garantía

Bancajapensión Protegido 3 es el Plan de Pensiones de Aseval que le asegura al vencimiento de la garantía el 21/05/2013 una revalorización acumulada del:

  • 3,65% nominal fija con respecto al valor liquidativo del fondo de pensiones del 01/02/10,
  • Más una variable, que será el 100% de revalorización del índice Ibex 35, tomada punto a punto, o sea revalorización entre 31/01/10 y el 21/05/13, con un límite máximo del 5%.

Ello implica una TAE mínima del 1,09% y una máxima del 2,54% durante el periodo de garantía.

Es por tanto, una opción ideal para personas muy conservadoras con importantes derechos consolidados y relativamente próximos a la edad de jubilación.

Aportaciones

Es un plan de pensiones el cual sólo se puede contratar y en el que sólo se permiten aportaciones extraordinarias durante el periodo de suscripción, o sea hasta que se alcance el patrimonio objetivo o como máximo hasta el 31/01/2010. El importe de la aportación mínima o traspaso debe ser de 1.000 €.

Cobro del plan

Usted podrá cobrar el dinero que ha ahorrado en su plan de pensiones en los siguientes casos:

  • Jubilación
  • Fallecimiento
  • Invalidez permanente
  • Dependencia severa o gran dependencia
  • Paro de larga duración
  • Enfermedad grave

Llegado el momento, puede cobrar su plan en forma de renta, todo el capital de una vez o mediante una combinación de ambas modalidades. Más información.

rentabilidad anualizada del plan:

Datos actualizados a 30/07/2010
Histórica (desde la fecha de inicio del plan): 1,55%

trámites:

Para su contratación durante el periodo de suscripción con garantía hasta el 31/01/2010 contacte con su oficina Bancaja. Además, usted puede gestionar y acceder a su plan de pensiones a través de Bancaja Próxima.

fiscalidad:

Las aportaciones realizadas a un plan de pensiones reducen la base imponible en la declaración del I.R.P.F., y como límite individual se aplicará el menor de los siguientes importes:

a) 10.000 euros en su conjunto (las realizadas por el partícipe incluyendo las contribuciones realizadas por el promotor del plan de empleo) ó 12.500 en el caso de que el beneficiario tenga 50 años o más.

b) 30% de los rendimientos netos del trabajo y actividades económicas percibidas en el ejercicio, ampliándose al 50% si el partícipe tiene 50 años o más.

Además, si no se puede aplicar en la declaración tributaria la totalidad de las reducciones por insuficiencia de la base imponible, las cantidades pendientes de deducirse podrían aplicarse en los cinco años siguientes.

Las ventajas fiscales tienen los límites y requisitos vigentes en cada momento.