Préstamo hipotecario cambio de casa
Si necesitas financiación para cambiar de casa y quieres disponer del dinero de la venta de tu casa actual, Bancaja te ofrece financiación para que obtengas el importe íntegro de la nueva compra más los gastos que te ocasione la misma y el traslado de casa; todo ello sin tener que vender precipitadamente tu casa actual.
Se constituyen dos préstamos hipotecarios: uno sobre la vivienda que vas a comprar y otro específico sobre la vivienda que se pone a la venta. En el préstamo sobre la vivienda que quieres vender, dispones de 12 meses durante los cuales no tienes que hacer desembolso alguno, sólo tendrás que atender los recibos del préstamo asociado a la nueva casa.
Puedes disfrutar de:
- Desde el primer momento pagas una cuota cómoda, como si ya hubieses vendido puesto que sólo tienes que atender la cuota del préstamo de la casa que compras.
- No corres ningún riesgo de perder la vivienda que quieres comprar porque puedes firmar la compra ya.
- No tienes que vender precipitadamente tu vivienda actual porque dispones de un plazo de un año para que la vendas y durante ese tiempo no tendrás que pagar ninguna cuota de préstamo.
Puede obtener la Guía de Préstamos Hipotecarios.
Puntos del Compromiso Bancaja aplicables
C2.- Antes de realizar cualquier operación informamos de su coste
C3.- Avisamos por SMS de falta de saldo en cuenta o impagos
C6.- Respondemos a las solicitudes de préstamo en 24 h
C14.- Aplazamos gratis su hipoteca en Bancaja durante 6 meses si pierde su trabajo
C15.- No ocultamos ni disfrazamos el coste de nuestros servicios
C16.- 15 días para cambiar de opinión al contratar uno de nuestros productos
precio:
Tipo de interés: variable.
comisiones:
Dependerán de la operación que solicites, las más habituales son:
- Apertura: 1% con un mínimo de 500,00. Se paga una sola vez, al formalizar la operación de préstamo
- Compensación por desistimiento: se cobrará sobre la cantidad del préstamo que devuelves antes de las fechas pactadas. Se cobra 0,50% si la cancelación se produce dentro de los 5 primeros años de constitución de tu hipoteca. A partir del 6º año se cobrará un 0.25%.
fiscalidad:
Si eres titular de un préstamo con el que financias la adquisición o la rehabilitación de tu vivienda habitual tienes derecho a una deducción del 15% de los importes totales satisfechos por capital, intereses y gastos de financiación, con el límite anual de 9.015 euros.
Si tu vivienda la has adquirido antes del 20 de enero del 2.006 y tenías derecho a la deducción por adquisición de vivienda habitual, hay establecida una compensación fiscal para aquellos casos en los que la aplicación del régimen fiscal vigente en 2.006 (porcentajes de deducción del 25% o del 20%) sea más favorable que la vigente a partir de 2.007.